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01 julio 2008

GUAPERÍA Y DERECHO

El derecho y la ciencia que fundara Augusto Comte son disciplinas que desde hace mucho tiempo se han complementado. Al analizar la sociedad se ha de tener presente las normas y el contexto social en que surgen. Por eso, la Sociología del Derecho o Sociología Jurídica, es la expresión de tales nexos sociales. Tanto el abogado como el sociólogo encuentran su punto de convergencia en una socialización que tiene por norte el aprendizaje de los usos sociales. El rigor formal de la norma, así como las sanciones o recompensas que su ejecución acarrea para el grupo social, son temas que atañen prioritariamente al Derecho; pero el origen social de la ley, así como las causas de su aceptación y rechazo, son campo abonado para la sociología.
Bajo este prisma analítico presento a la consideración del lector un tema que apenas ha sido abordado en nuestro país. Me refiero a la existencia de la guapería como fenómeno social y como manifestación de una conducta comunitaria sobre la que la ley no alcanzó a ejercer su benéfica influencia. Los guapos de las comarcas ya no existen, pero su antigua presencia se convierte en un hermoso pretexto para reconocer la génesis de un sector social que resolvió a su manera el dilema entre la ley y el libre albedrío. Abordaremos la problemática en tres apartados temáticos: tradición y derecho consuetudinario, la guapería y los investigadores, así como guapería y derecho.
Tradición y Derecho Consuetudinario
Se ha repetido hasta el cansancio que la costumbre hace la ley; y este aserto no por común deja de ser menos importante. La costumbre, en el sentido que aquí nos interesa, apunta hacia la existencia de una tradición social. Porque ésta, cualesquiera sea el ropaje que adopte dentro de la sociedad, no sólo genera consenso, sino que es fuente de poder. Las tradiciones cohesionan al grupo y le impulsan hacia metas que de otra manera no serían compartidas por el conglomerado social.
Así, por ejemplo, el Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua define la tradición como la “transmisión de noticias, composiciones literarias, doctrinas, ritos, costumbres, etc., hecha de generación en generación”. De lo dicho se colige que la tradición supone la existencia de las usanzas populares, es decir, un conjunto de normas para las cuales no existe una sanción formalizada y que distinguen a un grupo social específico. Precisamente, el problema de la adecuación entre lo que se hace y las necesidades grupales, explica por qué algunas prácticas sociales desaparecen cuando el cambio social y cultural las hace inoperantes.
Con fundamento en lo anterior, el derecho moderno ha reconocido la relevancia de estos hábitos colectivos, aceptándolos como antecedentes al ejercicio de dicha disciplina. Y es que no podía ser de otra manera, porque las sociedades antiguas tenían que contar con algún tipo de norma que regulase la vida social. Obviamente que entre menos desarrollada era la colectividad, menos posibilidades existían para que ese conjunto de disposiciones aflorasen como un cuerpo armónico de leyes o normas escritas. Esta situación es la que da fundamento a la gerontocracia, entendida ésta como un mecanismo de regulación social; porque el geronte, el anciano, era el reservorio de la tradición, el individuo que a lo largo de su vida había acumulado un conjunto de experiencias que le permitían, con mayor propiedad, decidir sobre un tema concreto.
Basado en este enfoque, la disciplina del derecho ha creado una especialidad para el tratamiento de estos tópicos y la ha denominado Derecho Consuetudinario, entendido éste como el conjunto de normas no escritas con que cuenta la sociedad. Esto supone que dicho derecho difiere del Derecho Positivo, que implicaría un conjunto de reglas escritas, las que se expresan formalmente a través de un determinado código. Visto así, la primera forma del derecho antecede a la segunda, lo que no niega que en algunos casos ellas puedan coexistir con cierto grado de armonía. De hecho, aún en los tiempos actuales, ambas formas del derecho no le son extrañas al hombre de la calle; porque el sujeto social muchas veces resuelve la mayoría de sus problemas jurídicos sin la intervención de códigos escritos. Sin embargo, la ausencia de éstos últimos, y en general su escasa aplicación en áreas alejadas de los núcleos urbanos, no pocas veces hizo posible que florecieran instituciones sociales que operaban al margen de la burocracia legal, como en el caso de la guapería que pasamos a dilucidar.
La guapería y los investigadores
En nuestra república la mayoría de los textos jurídicos dan cuenta del Derecho Positivo, y aunque implícitamente reconocen la validez del Derecho de Costumbre o Derecho Consuetudinario, generalmente la literatura no se ha hecho eco de tales manifestaciones. Consciente de ello, asumo la tarea de analizar un caso en concreto. Intentemos ahora encarnar esas visiones del derecho dentro del marco de una sociedad específica y para un caso particular. A saber, la existencia de la guapería en las provincias de Herrera y Los Santos. Lo hacemos porque, como ya hemos afirmado, la sociología y el derecho se dan en este tema un abrazo fraterno. Estas áreas de estudio nos permiten examinar la situación y establecer los nexos entre el fenómeno de la guapería y la norma escrita.
El desafío del tópico hace obligante comenzar con una definición de lo que debemos comprender por guapería. Aquí el vocablo no se utiliza para referirse a una persona de agradable presencia física, sino como la conducta propia de un hombre pendenciero, un ser con el arrojo suficiente como para violentar la norma de convivencia social e imponer su criterio basado en el derecho de la fuerza.
Conviene advertir que el interés sobre el tema ha provenido, principalmente, desde los estudiosos del folclor, en menor grado de la sociología y muy poco desde el campo del derecho. Sobre el tópico pueden leerse los aportes del Dr. Belisario Porras Barahona (El Orejano), Manuel María Alba (El hombre del Canajagua), el Dr. Manuel F. Zárate y Dora Pérez de Zárate (La esgrima antigua en tierras santeñas), el Dr. Rodrigo Nuñez Quintero (La plaza del tamarindo) y Milcíades Pinzón Rodríguez (Guapería). Una versión poética sobre la temática aparece como producto de las inquietudes intelectuales del Dr. Sergio González Ruiz (La muerte de Manuel Flores). Hasta aquí lo más significativo que se ha publicado. Veamos ahora el meollo del asunto.
Guapería y Derecho
La guapería como institución social surgió en las áreas rurales, aunque tuvo su mayor auge en torno a eventos sociales que se daban en los poblados, especialmente con motivo de fiestas religiosas y paganas, actividades que desde siempre se han presentado como un amasijo cultural. Esta conducta de algunos sectores campesinos tiene su origen en influencias que datan de mucho antes de la Conquista, viejos hábitos que fueron enquistados en nuestras sociedades por el español que trajo bajo sus espaldas el pesado fardo del honor lavado con sangre, herencia que hunde sus raíces en el Medioevo europeo.
El hispánico que se dispersó por los campos, como en el campo de Azuero, hizo lo demás. Dicho de manera más clara, el guapo santeño y herrerano es el heredero de la tradición del espadachín español. El hombre del campo de estas tierras, así como logró adaptar instrumentos musicales (la mejorana, el rabel y la bocona) a su entorno social, convirtió el viejo arte de la esgrima española en un código de honor, hombría y distinción social. Hay que comprender que ser guapo era una tradición que no se puede valorar únicamente como una bravuconada de aldea; porque quien así actuaba no la hacía sólo por dársela de macho y pendenciero, su actuación generaba una aureola de superioridad y de distinción en el seno de una sociedad en donde la gente vivía sometida a una vida rutinaria. Por ello la guapería irrumpe como un desafío a la norma social vigente. En el fondo el guapo es la persona que reta la norma de convivencia, para aparecer ante los demás impregnado de un halo de misterio y superioridad. Porque, igualmente, debemos advertir que la conducta del hombre que se juega la vida en una reyerta, aparece ante las féminas como un varón que se coloca por encima del campesino tímido y rutinario. Esta arista del perfil del guapo ha sido poco estudiada y quizás la psicología tendría en la postura social de este ser, el material para una reflexión de mucha profundidad analítica.
En efecto, la guapería es mucho más que la conducta de un hombre a quien le gusta la camorra. Surge cuando en la región no se ha logrado extender el influjo de las leyes y ésta no se hace sentir en los diversos rincones de la geografía nacional. Así tuvo que ser, porque ni en la Colonia ni el período de unión a Colombia, las autoridades lograron que el Derecho Positivo fuera algo más que un conjunto de normas cuyo radio de acción trascendiera el melancólico tañer de las campanas de La Villa y Parita. La guapería es un sistema que reta no sólo los valores de la Iglesia Católica, con su moral religiosa, en verdad la enfila contra lo que realmente normaba la vida social, las viejas usanzas pueblerinas, las costumbres en que se ampara el Derecho Consuetudinario. La guapería es el reinado de la fuerza que se abre paso dentro de una sociedad que aún no cuenta con el andamiaje jurídico formal o, en el mejor de los casos, sin una presencia física convincente.
Hay un aspecto de fundamental importancia y que vive agazapado detrás de la guapería entendida como la conducta de un reducido núcleo de santeños y herreranos. Este grupo actúa así porque para aquellos tiempos no se aprecia el influjo del Estado colombiano, el gobierno de la altiplanicie bogotana es una estructura de poder y de coacción que resulta demasiado extraña al hombre de la campiña interiorana. En el Siglo XIX la capital del Departamento y Nueva Granada son instancias administrativas que apenas existen para unos seres que siembran maíz, ceban ganado y han creado sus propios usos y costumbres. Por eso el guapo, en especial aquel que hace de su desempeño una porfía sangrienta, sabe que la ley se impone con la peinilla o rialera, la cara e´ perro, la crucera, el collins, la puya y el garrotillo. Matará por machismo o en defensa propia, pero él sabe que en las montañas de Tonosí y Quebro encontrará la acogida y el refugio que espera. Todavía en la primera mitad del Siglo XX se decía: “Lo mato y me voy pa´ Tonosí”. Aquellos eran los tiempos de Manuel Flores, Portolatino Marchena, Aquilino Mudarra, Agapito Rodríguez y Luis Durán, entre otros, personajes de finales del Siglo XIX y primera mitad del Siglo XX. Incluso, ya en las postrimerías del fenómeno social (hacia mediados de la vigésima centuria), apareció un Florencio Melgar, alias “Pechito”, cuyo nombre se extendió como reguero de pólvora por las comarcas que bordean a Macaracas, en la Provincia de Los Santos. ¿Y quién no ha oído hablar de los famosos duelos del Tamarindo, en el Ocú herrerano?.
Podemos afirmar que la guapería desapareció de las provincias de Herrera y Los Santos, no porque se murieran las guapos de antaño, sino porque con la separación de Colombia el nuevo Estado Nación, con su gobiernos liberales y conservadores, le da la última estocada al personaje de la esgrima campesina. Los códigos que aupó Porras, las carreteras y las escuelas permitieron la integración del país e hirieron de muerte al personaje de nuestras cavilaciones. Ello es tan cierto que todavía, medio siglo después de 1903, aún aparecen los últimos estertores agónicos del guapo provincial. Incluso me atrevería a aseverar que algo de esa guapería, ahora sublimada, aflora en la conducta del santeño y herrerano cuando defiende con vehemencia los valores y tradiciones de su región.
Conclusiones
De lo dicho hasta este momento podemos concluir lo siguiente. La guapería es una conducta propia de algunos hombres del campo, en especial de aquel que habitó la región de Azuero hasta mediados del Siglo XX. Las raíces del hecho social son antiquísimas y se nutrieron de una concepción basada en el honor del hombre del medioevo europeo. Al afincarse en Panamá adquirió algunos rasgos propios de una sociedad campesina que vivía diseminada por la campiña. El guapo provincial hizo de su esgrima una actividad pendenciera, aunque también una especia de deporte campesino del que derivaba reconocimiento social.
La guapería florece debido a la inexistencia de un Estado Nación que centralizara el poder e impusiera su derecho positivo. Por ello, la guapería se constituyó en un desafío al derecho consuetudinario y subsistió hasta el momento que los gobiernos extendieron su influjo y presencia jurídica. Desapareció desde la segunda mitad del Siglo XX, no sólo porque se impuso el derecho positivo sobre el consuetudinario, sino porque para las nuevas generaciones la guapería se convirtió en un hecho social del ayer, en otra faceta del folclor santeño y herrerano. Por eso, ya nadie quiere ser guapo, ¿para qué?. A menos que ahora lo queramos ver como la actitud del panameño que se suma a los movimientos que demandan transformaciones regionales y nacionales. Entonces, sí que valdría la pena que en el Istmo vuelvan a aparecer los guapos de la comarca..

* Ponencia presentada el día 18 de noviembre de 2004, en el Hotel Hong Kong de la Ciudad de Chitré y en el marco de la Jornada de Derecho Procesal que organiza la UNIVERSIDAD LATINA DE PANAMÁ, Sede de Azuero.

1 comentario:

  1. estimado Milciades
    como siempre das en el blanco
    no investigaste por casualidad como se identificaba al guapo? no era precisamente por llevar la peinilla consigo o llevar la manta arrastrando
    tengo entendido que solo con ver como llevaba puesto su sombrero era suficiente para identificarlo
    aca en SAntiago hace un par de años murio uno que usaba el sombrero de esa forma
    dolores cordero

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